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El artículo 57 de la Ley 58/2003, General
Tributaria y la Orden 3/2016, de 26 de mayo, de la Consellería de Hacienda y
Modelo Económico, del Gobierno de la Comunidad Autónoma Valenciana
JOSÉ MARÍA LÓPEZ GETA
Director
Para quienes lamentamos cada día que pasa cómo se ha ido
esfumando el renovador movimiento que impulsó la aprobación de la Ley 1/998,
de Derechos y Garantías del Contribuyente —algo descafeinada al final, por
cierto—, la Orden 3/2016, de 26 de mayo, de la Consejería de Hacienda del
Gobierno de la Comunidad Valenciana, representa el triunfo de aquél
movimiento capaz de ganar batallas campales, incluso «después de muerto»,
cual Rodrigo Díaz de Vivar («EL CID») y precisamente, tal vez no podía ser de
otro modo, en tierras del antiguo Reino de Valencia.
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Normativa fiscal comentada
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Legislación estatal
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Orden HAP/841/2016, de 30 de mayo, por la
que se aprueban los modelos 364 «Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud
de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la Organización
del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de
dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado» y 365 «Impuesto
sobre el Valor Añadido. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones
relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles
Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en
dicho Tratado» y se establecen las condiciones generales y el procedimiento
para su presentación electrónica, y se modifica la Orden EHA/789/2010, de 16
de marzo, así como otra normativa tributaria
Desarrollo del artículo 5 del Reglamento por el que se
desarrollan las exenciones fiscales relativas a la Organización del Tratado
del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha
Orga-nización y a los Estados parte en dicho Tratado. Aprobación de modelos
para formular solicitud de re-embolso de las cuotas tributarias soportadas y
de reconocimiento previo de las exenciones.
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Orden HAP/871/2016, de 6 de junio, por la
que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y
del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a
establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas
constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los
períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de
2015, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e
ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su
presentación electrónica, y se aprueba el documento normalizado de
documentación específica de operaciones con personas o entidades vinculadas
para entidades que cumplan los requisitos del artículo 101 de la Ley 27/2014,
de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades
Periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de
diciembre de 2015: autoliquidación del Im-puesto sobre Sociedades e Impuesto
sobre la Renta de No Residentes. Aprobación de modelos, instruc-ciones para
su cumplimentación y procedimiento para la presentación telemática.
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Resolución de 8 de junio de 2016, de la
Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
que se modifica la de 18 de mayo de 2010, en relación con el registro y
gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las
representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de
trámites y actuaciones por Internet ante la Agencia Tributaria
Administraciones públicas. Censo de empleados públicos
autorizados a realizar trámites a través de In-ternet en representación de
los obligados tributarios. Procedimiento de baja de oficio en el registro de
apoderamientos; modificación del registro y gestión de las sucesiones y
representaciones legales de menores e incapacitados.
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Resolución de 10 de junio de 2016, del
Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario
de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2016
relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de
pago de dichas cuotas
Ejercicio 2016: lugar y plazo para el pago de las cuotas
nacionales y provinciales
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Resolución de 16 de junio de 2016, de la
Subsecretaría, por la que se establece el procedimiento para la liquidación y
el pago por vía telemática de la tasa con código 081 «Prestación de servicios
y actividades en materia de plaguicidas de uso ambiental y en la industria
alimentaria, así como para todos los biocidas en general, en aplicación de la
Directiva 98/8/CE»
Tasa con código 081 «Prestación de servicios y actividades en
materia de plaguicidas de uso ambiental y en la industria alimentaria, así
como para todos los biocidas en general, en aplicación de la Directiva
98/8/CE. Establecimiento de la vía telemática (voluntaria) para la
liquidación y pago (alternativo al pago en efectivo).
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Legislación autonómica
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Baleares
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Instrucción 1/2016, de 8 de junio, de la
directora de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, por la que se
establecen los criterios que los órganos competentes de la Agencia Tributaria
de las Illes Balears han de considerar para la comprobación del valor real de
los bienes inmuebles y puestos de amarre de puertos deportivos situados en
territorio de las Illes Balears, en el impuesto sobre transmisiones
patrimoniales y actos jurídicos documentados y en el impuesto sobre
sucesiones y donaciones
TRIBUTOS CEDIDOS. Criterios que los órganos competentes de la
Agencia Tributaria de las Islas baleares han de considerar para la
comprobación del valor real de los bienes inmuebles y los puestos de amarre
de los puertos deportivos situados en el territorio de las Islas Baleares.
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Valencia
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Orden 3/2016, de 26 de mayo, de la
Consellería de Hacienda y Modelo Económico, por la que se establecen los
coeficientes aplicables en 2016 al valor catastral a los efectos de los
impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y
sobre sucesiones y donaciones, así como la metodología empleada para su
elaboración y determinadas reglas para su aplicación
Tributos cedidos. Medios de comprobación del valor real de los
bienes inmuebles de naturaleza urbana. Aplicación de coeficientes al valor
catastral a los efectos previstos en el artículo 90 de la Ley General
Tributaria. Hechos imponibles producidos en 2016 de los Impuestos sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones
y Donaciones.
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Legislación foral
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Álava
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Norma Foral 7/2016, de 18 de mayo, de
modificación de la Norma Foral 11/2003, de 31 de marzo, del Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en relación con
el arrendamiento de vivienda
Modificación del artículo 70 de la Norma Foral 11/2013. Nueva
bonificación de la cuota para el caso de la constitución de arrendamiento de
vivienda definido en el artículo 2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de
Arrendamientos Urbanos.
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Orden Foral 288/2016, del Diputado de
Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 25 de mayo, de aprobación de los
modelos 200 y 220 de autoliquidación del impuesto sobre sociedades y del
impuesto sobre la renta de no residentes correspondiente a establecimientos
permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el
extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Álava, para los
ejercicios iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, y de
las condiciones generales para su presentación telemática
Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no
Residentes. Modelos a utilizar para la auto-liquidación de los ejercicios
iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015. Presentación
te-lemática: condiciones y procedimiento.
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Instrucción 2/2016, de 26 de mayo de 2016,
de la Dirección de Hacienda, relativa a la deducibilidad de los intereses de
demora tributarios, en aplicación de la Norma Foral 37/2013, de 13 de
diciembre, del Impuesto sobre Sociedades
Base imponible del Impuesto sobre Sociedades. Consideración de
gasto deducible de los intereses de demora tributarios por no estar incluidos
en el ámbito del artículo 31 de la Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre,
del Impuesto sobre Sociedades.
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Bizkaia
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Orden Foral del diputado foral de Hacienda y
Finanzas 1164/2016, de 8 de junio, por la que se aprueban los modelos 200 y
220 de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la
Renta de no Residentes con establecimiento permanente y entidades en régimen
de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el
Territorio Histórico de Bizkaia y se regula el procedimiento para su
presentación telemática, para los ejercicios iniciados a partir del 1 de
enero de 2015
Nuevos modelos de autoliquidación del Impuesto sobre
Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento
permanente y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el
extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Bizkaia para los
ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2015.
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Gipuzkoa
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Norma Foral 3/2016, de 20 de junio, por a
que se introducen determinadas modificaciones para adaptar el ordenamiento
tributario foral a diversos acuerdos alcanzados en el seno de la OCDE así
como a directivas y sentencias de la Unión Europea
Tributos concertados. Modificación de la Norma Foral 2/2014,
del Impuesto sobre Sociedades («Reduc-ción por explotación de propiedad
intelectual o industrial y tratamiento de las operaciones entre personas o
entidades vinculadas: Obligaciones de documentación»), así como del Decreto
Foral 70/1997 (Impuesto sobre las Primas de Seguro) y la Norma Foral 2/2005,
General Tributaria (Obligaciones de información y de diligencia debida
relativas a cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua).
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Orden Foral 311/2016, de 10 de junio, por la
que se aprueban los modelos 200, 220, 20G y 22G para los períodos impositivos
iniciados en 2015, así como la forma, lugar y plazo de presentación e ingreso
Aprobación de modelos y normas para la presentación de la
autoliquidación del Impuesto sobre Socie-dades y del Impuesto sobre la Renta
de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades
en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el
Territorio Histórico de Gipuzkoa.
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Normativa fiscal relacionada
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Otras disposiciones fiscales publicadas en
junio 2016
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Contestaciones de la Dirección General de Tributos
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Impuesto sobre el Patrimonio
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Requisitos para disfrutar de la exención
prevista en el Impuesto sobre el Patrimonio en los supuestos de participación
en entidades
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Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
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IRPF de la indemnización percibida respecto
a un contrato de trabajo que no llegó a entrar en vigor
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Exclusión del régimen de estimación objetiva
del agricultor que presta un servicio esporádico como abogado a su cónyuge
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¿Cómo deben tributar en el IRPF las
cantidades percibidas por los miembros de una orden religiosa para su
sustento?
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Tributación en el IRPF de la indemnización
aceptada por un trabajador a cambio de su baja voluntaria
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Impuesto sobre Sociedades
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No tributa por IS una sociedad civil
dedicada además de la abogacía, a la administración de fincas
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Efectos en el IS del reconocimiento de un
justiprecio superior por sentencia expropiación por el procedimiento de
urgencia
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Tributación de las cuotas percibidas por una
asociación sin fin lucrativo que proporciona cannabis a sus socios
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Aplicabilidad del régimen especial SOCIMI a
la entidad que posee derechos de superficie sobre unas viviendas protegidas
que serán subarrendadas por IVIMA
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Consecuencias fiscales de los gastos del
divorcio cuando el ex-cónyuge tienen una sociedad limitada profesional
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Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
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Donación del usufructo de un bien inmueble
respecto del que años atrás se había donado la nuda propiedad
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Tributación de la herencia consistente en
los títulos valores emitidos por entidades extranjeras depositadas en bancos
sitos en España
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Tratamiento fiscal de las cantidades de
dinero captadas en internet mediante un proyecto de micromecenazgo
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Impuesto sobre el Valor Añadido
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Deducibilidad de las cuotas soportadas del
IVA tras la liquidación de la empresa
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No sujeción al IVA ni al ITPYAJD de la
restitución efectuada al Fondo de titulización de créditos hipotecarios
cedido por el impago de los préstamos
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Repercusiones fiscales para la empresa que
ha obtenido una sentencia favorable con condena en costas a la parte
contraria
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Cálculo de la base imponible del IVA de la
reventa de muebles y ropa cedida gratuitamente a una sociedad
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Tratamiento en el IVA de las prestaciones de
servicios relacionadas con deportes en instalaciones municipales
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Rectificación del IVA repercutido por un
crédito incobrable reclamado judicialmente
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Tasas judiciales
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No todas las demandas presentadas por el
administrador del concurso están exentas del pago de la tasa judicial
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¿Cuál es el procedimiento para subsanar de
forma voluntaria un error en la presentación de autoliquidación del IVA?
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Sentencias
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Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
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No goza de reducción en el ISD la
transmisión mortis causa de una empresa dedicada al alquiler de inmuebles
cuyo único empleado es el conserje
De la lectura del Convenio colectivo
aplicable, resulta incompatible la prestación de servicios como conserje y como
empleado de una empresa dedicada al alquiler de inmuebles
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Responsabilidad de la Administración
valenciana por discriminar a los no residentes en la liquidación del Impuesto
de Sucesiones y Donaciones
El Juzgado condena a la Generalitat
Valenciana en la medida que obliga a los no residentes a pagar más que los
residentes, resultando contrario a los principios europeos de libre
circulación y fijación de residencia
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Impuesto sobre el Valor Añadido
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Las embotelladoras no puede deducirse el IVA
soportado al adquirir mobiliario de hostelería si éste lleva publicidad
Considera la Audiencia Nacioal que la
entrega de material de terraza es una atención con clientes al margen de la
actividad principal y que no hay relación directa e inmediata entre los
productos suministrados y la entrega del mobiliario de terraza, por lo que no
es posible darle a esta operación el pretendido tratamiento conjunto a
efectos del IVA.
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No existe ningún deudor del IVA, dado que no
se devenga el IVA sobre las mercancías reexportadas como mercancías no
comunitarias cuando estas mercancías no han abandonado los regímenes
aduaneros establecidos en el artículo 61 de la Directiva IVA, y ello aun
cuando se haya generado una deuda aduanera exclusivamente con arreglo al
artículo 204 del Código aduanero
Procedimiento prejudicial - Impuesto sobre el valor añadido —
Régimen de depósito aduanero — Régimen de tránsito externo — Deuda aduanera
originada a raíz del incumplimiento de una obligación — Exigibilidad del
Impuesto sobre el Valor Añadido
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La circunstancia de que las inversiones
efectuadas se hayan financiado en gran medida mediante ayudas concedidas por
el Estado miembro y por la Unión no influye en la naturaleza económica o no
de la actividad ejercitada o prevista por las demandantes en el litigio
principal, dado que el concepto de «actividad económica» tiene carácter
objetivo y se aplica con independencia no sólo de los fines y los resultados
de las operaciones de que se trate, sino también de la modalidad de
financiación por la que opte el operador en cuestión, incluso cuando se trate
de subvenciones públicas
Procedimiento prejudicial — Fiscalidad —Impuesto sobre el
Valor Añadido — Directiva 2006/112/CE — Artículo 9, apartado 1 — Conceptos de
«sujeto pasivo del impuesto sobre el valor añadido» y de «actividad
económica» — Artículo 24, apartado 1 — Concepto de «prestación de servicios»
— Obras de ingeniería rural — Construcción y explotación de un sistema de
evacuación de aguas por una sociedad mercantil sin ánimo de lucro — Incidencia
de la financiación de las obras mediante ayudas de Estado y ayudas de la
Unión Europea
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Los Estados miembros no están obligados a
aplicar la regla de redondeo establecida en el artículo 175, apartado 1 de la
Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006 cuando la
prorrata de deducción se calcula con arreglo a uno de los métodos especiales
contemplados en el artículo 173, apartado 2, de esa Directiva
Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el
Valor Añadido — Directiva 2006/112/CE — Deducción del impuesto soportado —
Artículo 173, apartado 1 — Bienes y servicios utilizados simultáneamente para
las operaciones sujetas y para las operaciones exentas (bienes y servicios de
uso mixto) — Determinación del importe de la deducción del Impuesto sobre el
Valor Añadido — Prorrata de deducción — Artículo 174 — Prorrata de deducción
calculada aplicando una clave de reparto según el volumen de negocios —
Artículo 173, apartado 2 — Régimen excepcional — Artículo 175 — Regla de
redondeo de la prorrata de deducción — Artículos 184 y 185 — Regularización
de las deducciones
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La tributación con arreglo al artículo 18,
letra c), de la Directiva IVA debe efectuarse cuando un bien que haya dado
derecho a una deducción del IVA conserve un valor residual en la fecha de
cesación de la actividad económica imponible, con independencia del período
transcurrido entre la fecha de la adquisición de ese bien y la del cese de la
actividad
Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el
Valor Añadido – Directiva 2006/112/CE - Artículos 18, letra c), 184 y 187 -
Operaciones imponibles - Cesación de la actividad económica imponible -
Tenencia de bienes que hayan dado lugar a la deducción del IVA -
Regularización de las deducciones - Período de regularización - Tributación
en virtud del artículo 18, letra c), de la Directiva 2006/112 después de la
expiración del período de regularización.
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La Directiva del IVA no supedita el derecho
a deducir a ningún requisito relativo a la utilización de los bienes o
servicios en cuestión por parte de la persona que los reciba del sujeto
pasivo. De la jurisprudencia del Tribunal de Justicia que si el precio de
entrega es inferior al precio de coste, la deducción no puede limitarse en
proporción a la diferencia entre estos dos precios, ni siquiera cuando el
precio de entrega es considerablemente inferior al precio de coste, a no ser
que sea meramente simbólico
Procedimiento prejudicial — Impuesto sobre el Valor Añadido —
Impuesto soportado — Deducción
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Impuesto sobre Actividades Económicas
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"Parque de Atracciones de Madrid"
liquidó incorrectamente el IAE al no computar la totalidad del recinto
La actividad económica no se desarrolla
exclusivamente en la superficie que ocupan las atracciones, sino en la
totalidad del perímetro del recinto, incluyendo la zona de seguridad.
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Impuesto sobre Bienes Inmuebles
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El TS establece doctrina sobre la
repercusión de una parte del IBI al comprador por parte del vendedor que lo
pagó íntegramente
Interpretación del art. 63.2 de la Ley de
Haciendas Locales. Prorrateo del impuesto en proporción al tiempo en que cada
parte haya ostentado la titularidad dominical.
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Impuestos medioambientales
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El Supremo considera lícito que Aragón grave
con un tributo medioambiental el transporte por cable de sus estaciones de
esquí
Se confirma así el criterio del Tribunal
Superior de Justicia que rechazó los argumentos de la sociedad Estación
Invernal del Valle de Astún con los que se pretendía negar al tributo su
carácter de impuesto extrafiscal y su finalidad de protección del medioambiente.
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Procedimiento
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Repercusión de la inactividad de la
Administración tributaria a la hora de notificar un fallo del TEAC
Hay un interés general en el que las
resoluciones económico-administrativas se lleven a cabo, que conlleva un
deber de oficio del propio órgano económico-administrativo de controlar el
cumplimiento de sus propias resoluciones declarativas de derechos. En el
caso, no existe prescripción por inactividad del interesado ni está
justificado denegar la devolución acordada tomando como dies a quo para el
cómputo del plazo la fecha de notificación al contribuyente del fallo del
TEAC: 3 abril 2006 cuando la resolución objeto de ejecución no fue enviada a
la Delegación Especial a efectos de su ejecución hasta el 30 de agosto de
2006.
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Tasas
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El Supremo avala el método de cuantificación
de la tasa por el uso del dominio público local aplicado en el Ayuntamiento
de Madrid a la telefonía móvil
El cobro a las compañías por las
infraestructuras de telefonía fija que usan para dar su servicio de móvil se
entiende perfectamente ajustado a los criterios de los arts. 24 y 25 del TRLH
y acorde con los principios que exige el Derecho europeo de transparencia,
objetividad, proporcionalidad y no discriminación.
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TFUE. Restricción a la libre circulación de capitales.
Fiscalidad. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
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Los artículos 63 TFUE y 65 TFUE deben
interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que
recurre, para las donaciones entre no residentes, si el beneficiario no lo
solicita expresamente, a un método de cálculo del impuesto que aplica una
reducción fiscal reducida
Procedimiento prejudicial — Libre circulación de capitales —
Artículos 63 TFUE y 65 TFUE — Impuesto sobre Donaciones — Donación de
inmueble situado en el territorio nacional — Normativa nacional que establece
una reducción superior para los residentes que para los no residentes —
Existencia de un régimen opcional que permite que se aplique la reducción
superior a cualquier persona domiciliada en un Estado miembro de la Unión
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