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El desconcierto alrededor de la
deducibilidad de los intereses de demora en el impuesto sobre sociedades y
el efecto vinculante de las consultas
Luis
Rodríguez-Ramos Ladaria.
Abogado. Socio de
Ramón y Cajal Abogados
La deducibilidad
de los intereses de demora en el Impuesto sobre Sociedades era una cuestión
pacífica desde la entrada en vigor de la Ley 43/1995 hasta una resolución
del Tribunal Económico Administrativo Central de 2010. Tras diversas
resoluciones emitidas en los últimos meses, la posición de la
Administración tributaria parece clara: son deducibles los intereses de
demora bajo la Ley 27/2014 y no lo son bajo la Ley 43/1995 (cuya redacción
es idéntica en relación con este tema). Por otro lado, a la vista de las
resoluciones mencionadas, es preciso revisar el carácter vinculante de las
consultas.
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Doctrina de la Dirección General de
Tributos en relación con la exención para evitar la doble imposición de
dividendos y plusvalías
Guillermo Salvo
Altolaguirre.
Abogado. Ramón y
Cajal Abogados
Con la entrada en
vigor de la LIS y consecuente derogación del TRLIS, se reformó el sistema
para evitar la doble imposición de dividendos y plusvalías. Dada la
trascendencia de la reforma, durante el año de vigencia de esta normativa,
la Dirección General de Tributos ha sentado criterios interpretativos en
relación con diversos problemas suscitados por la nueva redacción de la
norma
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El artículo 271.2 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil: su aplicación en el orden contencioso-administrativo
Manuel
Fernández-Lomana García.
Magistrado de la
Audiencia Nacional. Doctor en Derecho
En nuestro
ordenamiento procesal la regla general es que la prueba documental debe
aportarse con los escritos de demanda y contestación. No obstante, el
legislador establece excepciones a la regla general. El objeto del presente
trabajo es analizar una de ellas: la contenida en el art 271.2 de la LEC,
que permite la aportación de resoluciones judiciales y administrativas
finalizada la fase de conclusiones. Se analizan los requisitos de fondo y
forma que permiten la aplicación de esta norma y el procedimiento que debe
seguirse la para la incorporación. Todo ello con especial énfasis en la
doctrina que los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo
han desarrollado en aplicación de la norma.
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Efectos de la recusación en los
procedimientos sancionadores en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de la
Guardia Civil
Germán Salido
Campos.
Abogado y Doctor
en Derecho
La recusación es
una institución jurídica que garantiza la imparcialidad e independencia de
los Jueces y Tribunales y la imparcialidad y objetividad de los
funcionarios públicos y autoridades administrativas en el ejercicio de sus
funciones. Nuestro ordenamiento jurídico reconoce a las partes interesadas
en un determinado proceso judicial o administrativo, en el presente caso
hablamos de un procedimiento disciplinario sancionador, el derecho a
recusar al funcionario público en quien concurra alguna de las circunstancias
establecidas por la ley y a garantizar que las resoluciones administrativas
sean dictadas por quienes actúan en el ejercicio de sus funciones, con
neutralidad, objetividad e imparcialidad.
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ADMINISTRACIÓN DEL
SIGLO XXI
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Reglamento Europeo sobre protección de
datos
Miguel Ángel
Davara Rodríguez.
Doctor en Derecho
El pasado catorce
de abril fue aprobado en el Parlamento Europeo el tan esperado Reglamento
Europeo sobre Protección de Datos que viene a sustituir a la Directiva
95/46/CE y a crear un marco uniforme en la Unión Europea sobre esta
materia. La protección de datos en Europa necesita con urgencia de una
mayor adaptación a la realidad social, económica y tecnológica al tiempo
que reclama uniformidad en sus aspectos básicos de conceptos y contenidos
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La contratación pública electrónica en el
anteproyecto de Ley de Contratos del Sector Público tras las nuevas
directivas europeas de contratación pública: ¿una realidad más cercana?
Juan Antonio Pavón
Pérez.
Doctor en Derecho.
Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Extremadura. Jefe
de Sección de Gastos Generales de la Intervención General de la Diputación
Provincial de Cáceres
Este trabajo
pretende servir de guía en la implementación de la contratación pública
electrónica en España mediante la aplicación de la Directiva 2014/24/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre
contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE.
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Regulación de las viviendas turísticas en
Andalucía
Rafael Jorge
Cantero Castillo.
LL.M. Abogado
(ICAMálaga)
El arrendamiento
de viviendas de corta temporada con fines vacacionales se configura como
una nueva categoría jurídica de carácter administrativo, el alojamiento en
vivienda turística. La regulación del sector es competencia de las
Comunidades Autónomas. Se analiza su régimen jurídico, establecido por el
Decreto 28/2016, así como su tributación en concepto de Impuesto sobre el
Valor Añadido.
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Entidades instrumentales de las
universidades
Juan Manuel del
Valle Pascual.
Abogado
Las universidades
han sido durante siglos entidades instrumentales de sus promotores y
financiadores. Su autonomía constitucional debiera garantizar su
independencia en sus objetivos de búsqueda y transferencia del saber. Como
la sociedad y la empresa no acuden prestos a utilizar estos saberes en el
proceso productivo, las universidades se han visto obligadas a hacerlo
ellas mismas o a potencias que lo hagan sus miembros. Aparecen para ello
las empresas de base tecnológica, pero no salvan los problemas de la
legislación de incompatibilidades y de contratación pública, que en este
trabajo se analiza y mitiga.
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El TSJ Madrid anula la prohibición de
contratar viviendas de uso turístico por períodos inferiores a 5 días
Vulnera la normativa comunitaria y estatal,
y constituye una restricción injustificada y un obstáculo al mantenimiento de
la competencia efectiva en el mercado entre los operadores turísticos en
materia de alojamiento.
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El TS anula la sanción impuesta al Partido
Aragonés por aceptar donaciones anónimas en 2011
Considera prescrita la infracción por
aplicación del plazo de seis meses previsto en la Ley 30/1992 para las
infracciones leves.
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No hay acoso laboral a una auxiliar de
enfermería por el hecho de que la Administración no acceda al cambio de
destino solicitado
Se pretende el cambio a un puesto de
auxiliar administrativo en el que no tenga que encargarse del almacén, pero
sin superar el oportuno proceso selectivo. El que se haya diagnosticado
estrés laboral no acredita la prueba de las supuestas humillaciones alegadas,
y éstas no se han acreditado.
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Tabla de equivalencias de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del
procedimiento administrativo común
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